Modificaciones DCG Transmisores de Dinero
El 05/04/2023 se ha publicado en el Diario Oficial de la Federación la RESOLUCIÓN que reforma y adiciona las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 95 Bis de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito aplicables a los transmisores de dinero a que se refiere el artículo 81-A del mismo ordenamiento.
Lo anterior, de conformidad con el anteproyecto que fue recibido de la UBVA en esta asociación, y fue sometido a revisión y opinión de los agremiados, hace unos meses.
De dicha publicación, se resalta lo siguiente:Entrada en vigor: 06/04/2023
- Se actualizan y precisan diversos conceptos
- Se adicionan diversas acciones y un reporte anual de operaciones (operatividad)
- Se agrega que la SHCP podrá introducir/eliminar en la Lista de Personas Bloqueadas a las que se encuentren en el supuesto del párrafo sexto del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación
- Se derogan algunos párrafos y fracciones
Transitorias
- 12 meses para solicitar nueva aprobación a los mecanismos de identificación no presencial
- 4 meses para modificar y enviar el Manual de Cumplimiento
- 9 meses para modificar la Metodología EBR
- 18 meses para actualizar los sistemas automatizados
- Envío anual de reporte de operaciones (operatividad) (a partir de que se publique el formato)
- Podrá equipararse Propietario Real a las referencias de Beneficiario Final